Orden de 8 de noviembre de 1985 por la que se dictan normas generales para las autorizaciones de ocupaciones provisionales que se otorguen al Amparo del artículo 30 del Reglamento para la ejecución de La Ley sobre costas.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 277, 19 de Noviembre de 1985I - Disposiciones Generales › Ministerio de Obras Publicas y Urbanismo

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Orden de 8 de noviembre de 1985 por la que se dictan normas generales para las autorizaciones de ocupaciones provisionales que se otorguen al Amparo del artículo 30 del Reglamento para la ejecución de La Ley sobre costas.

La ocupación privisional de terrenos de dominio público de la zona marítimo-Terrestre y playas, por un plazo no superior a tres años, con fines distintos del disfrute y prestación de los servicios de temporada en las playas a que alude el artículo 45 del Reglamento de costas puede ser objeto de autorización por las jefaturas de puertos y costas, con arreglo al artículo 30 del citado Reglamento, siempre que no se requiera la construcción de obras, o que estás sean fácil y totalmente desmontables. Para ello resulta precisa, de acuerdo con el apartado 1,b) de esté último precepto, la aprobación de unas normas generales.

En su virtud, Este Ministerio, en uso de las facultades que le atribuye el artículo 30 del Reglamento para la ejecución de La Ley sobre costas, y previó informe del Min...

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