Resolución de 20 de noviembre de 2008, de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por la que se establece la aplicación del procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vía telemática de la tasa prevista en el artículo 107 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Enero de 2009
MarginalBOE-A-2008-19920
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyResolución

La Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, ha creado la tasa por prestación de servicios y realización de actividades de la Administración General del Estado en materia de medicamentos.

Por otra parte, el artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé el empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos por las Administraciones públicas en el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus funciones.

Tal previsión ha sido desarrollada por el Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado. Posteriormente, la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, consagra la relación con las Administraciones Públicas por medios electrónicos como un derecho de los ciudadanos y como una obligación correlativa para tales Administraciones. En consecuencia, esta Ley supone la creación de un marco jurídico que facilite la utilización de medios electrónicos.

La Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, regula los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. En su apartado tercero prevé que, por Resolución del Subsecretario de cada Departamento Ministerial o del Director o Presidente del Organismo Autónomo correspondiente, se podrá establecer que el pago de las tasas gestionadas por dicho Departamento pueda efectuarse a través de las condiciones establecidas en la citada Orden, previo informe del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y valoración técnica del Departamento de Informática de la Agencia Tributaria.

En consecuencia, al objeto de poder llevar a cabo la presentación de la autoliquidación y pago de la tasa por medios telemáticos, de acuerdo con lo previsto en el apartado Tercero de la Orden HAC/729/2003, y previo informe favorable del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaría, dispongo:

Primero. Objeto.-La presente Resolución tiene por objeto establecer la aplicación del procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vía telemática de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR