Resolución de 22 de abril de 2013, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica la asignación de cuotas de atún rojo y del censo específico de la flota autorizada para el ejercicio de la pesca del atún rojo creado por la Orden AAA/642/2013, de 18 de abril, por la que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y Mediterráneo.

MarginalBOE-A-2013-4352
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 3 y 4 de la Orden AAA/642/2013, de 18 de abril, por la que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y Mediterráneo.

Teniendo en cuenta que la cuota de atún rojo asignada a España para el año 2013 es de 2504,45 toneladas tal y como se recoge en el anexo ID del Reglamento UE 40/2013, de 21 de enero de 2013, por el que se establecen para 2013 las posibilidades de pesca disponibles en aguas de la UE, y en el caso de los buques de la UE, en determinadas aguas no pertenecientes a la UE para determinadas poblaciones de peces que están sujetas a negociaciones o acuerdos internacionales.

Esta Secretaría General de Pesca, oído el sector interesado y a las Comunidades Autónomas resuelve:

Primero.

Reservar 93 toneladas (3,7133%) de las posibilidades de pesca asignadas a España para el año 2013 que serán destinadas a la provisión del Fondo de Maniobra.

Segundo.

La cuota ajustada resultante que asciende a 2.411,45 toneladas se asignará tal y como se indica a continuación:

61,13 toneladas (2,5349%) destinadas a los buques que realizan capturas fortuitas.

2.350,32 toneladas (97,4651%) destinadas a los buques y almadrabas incluidos en el censo específico.

Tercero.

Publicar como anexo de la presente Resolución, el censo específico de la flota autorizada para el ejercicio de la pesca del atún rojo, en el que se relacionan los barcos y almadrabas ordenados alfabéticamente indicando para cada uno de ellos, la lista donde se incluyen como se contempla en el citado artículo 3 así como el porcentaje de la cuota ajustada resultante asignado a cada uno de ellos.

Cuarto.

Esta Resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de abril de 2013.–El Secretario General de Pesca, Carlos Domínguez Díaz.

ANEXO. Censo específico de la flota autorizada para el ejercicio de la pesca del atún rojo 2013

Número Nombre buque Código Lista Total cuota – Porcentaje
1 Agustín Deuna. 25315 Lista A Cebo vivo de Cantábrico. 0,1897
2 Aitana del Mar. 25325 Lista A Cebo vivo de Cantábrico. 0,1412
3 Alborán Uno. 23463 Lista C Palangre y línea de mano. 0,1116
4 Alfonsito Chico. 26613 Lista B Flota de cañas y línea de mano del Estrecho. 0,0341
5 Ama Begoña. 23900 Lista C Palangre y línea de mano. 0,1967
6 Ancapema. 14962 Lista C Palangre y línea de mano. 0,2867
7 Angel Carmen U. 23997 Lista C Palangre y línea de mano. 0,1888
8 Antonia Ruiz. 24584 Lista C Palangre y línea de mano. 0,1914
9 Antonio y Angelita. 22293 Lista C Palangre y línea de mano. 0,2397
10 Arcángel San Rafael. 26190 Lista B Flota de cañas y línea de mano del Estrecho. 0,4119
11 Arrantzale. 25232 Lista A Cebo vivo de Cantábrico. 1,3213
12 Attona Domingo. 25606 Lista A Cebo vivo de Cantábrico. 1,1314
13 Ave sin Puerto. 2567 Lista B Flota de cañas y línea de mano del Estrecho. 0,0399
14 Azkoitia. 25608 Lista A Cebo vivo de Cantábrico. 0,1209
15 Bahía de Cartagena. 24437 Lista C Palangre y línea de mano. 0,0147
16 Bárbara y Sandra. 22287 Lista B Flota de cañas y línea de mano del Estrecho. 0,3081
17 Belmonte Hernández. 24171 Lista C Palangre y línea de mano. 0,2454
18 Belmonte Quifes. 27207 Lista C Palangre y línea de mano. 0,1214
19 Berriz Ave María. 25310 Lista A Cebo vivo de Cantábrico. 0,0815
20 Berriz Irigoien. 23227 Lista A Cebo vivo de Cantábrico. 0,1347
21 Berriz Matutina. 23394 Lista A Cebo vivo de Cantábrico. 1,0158
22 Beti Aingeru. 25321 Lista A Cebo vivo de Cantábrico. 0,0889
23 Beti Piedad. 25229 Lista A Cebo vivo de Cantábrico. 0,1449
24 Beti San Luis. 10863 Lista A Cebo vivo de Cantábrico. 0,1728
25 Bustillo Donosti. 23948 Lista A Cebo vivo de Cantábrico. 0,3810
26 Cabo de Plata. ESP AL1 Lista E De almadrabas. 7,0606
27 Cabo Negro. 1541 Lista B Flota de cañas y línea de mano del Estrecho. 0,1076
28 Caty y Pedro. 25433 Lista C Palangre y línea de mano. 0,1539
29 Daserbe. 22025 Lista B Flota de cañas y línea de mano del Estrecho. 0,8594
30 Dolores Aguado. 26848 Lista C Palangre y línea de mano. 0,1635
31 El Cañavera. 26107 Lista C Palangre y línea de mano. 0,0144
32 El Casteller. 21578 Lista C Palangre y línea de mano. 0,0488
33 El Línea. 26753 Lista C Palangre y línea de mano. 0,0144
34 El Lucas. 26668 Lista C Palangre y línea de mano. 0,0154
35 El Rata Segundo. 25454 Lista C Palangre y línea de mano. 0,2082
36 El Vitorino. 25344 Lista C Palangre y línea de mano. 0,4304
37 En Fuat. 14706 Lista C Palangre y línea de mano. 0,2167
38 Enrique el Gato. 24364 Lista C Palangre y línea de mano. 0,5623
39 Ensenada de Barbate. ESP AL2 Lista E De almadrabas. 7,5210
40 Ermita Pilar. 23876 Lista A Cebo vivo de Cantábrico. 0,1363
41 Es Ferre
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