Resolución de 31 de enero de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña Assumpció Martras Ballesté y otros, contra la negativa del registrador de la propiedad de Granollers número 3, a inscribir una escritura de aceptación y adjudicación de herencia.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 058, 9 de Marzo de 2006III - Otras Disposiciones › Ministerio de Justicia

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Resolución de 31 de enero de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña Assumpció Martras Ballesté y otros, contra la negativa del registrador de la propiedad de Granollers número 3, a inscribir una escritura de aceptación y adjudicación de herencia.

Resolución de 31 de enero de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña Assumpció Martras Ballesté y otros, contra la negativa del registrador de la propiedad de Granollers número 3, a inscribir una escritura de aceptación y adjudicación de herencia.

En el recurso gubernativo interpuesto por Doña Assumpció Martras Ballesté y otros, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Granollers número 3, don Antonio Cumella Gaminde, a inscribir una escritura de aceptación y adjudicación de herencia.

Hechos

I

El día 7 de junio del año 2004 se procede a otorgar escritura de aceptación y adjudicación de herencia ante el Notario de Mollet del Vallés don Fernando Salas Moreno.

II

Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Granollers número 3 con fecha de 9 de junio de 2004 es calificada negativamente con la siguiente nota: 1. Es preciso que en la comparecencia de la citada escritura se haga constar el estado civil de los legatarios otorgantes (artículos 156.4 y 159 del Reglamento Notarial); requisito además necesario para inscribir las cuotas indivisas que a los mismos se les adjudica en pago de sus legítimas (artículo 51.9 del Reglamento Hipotecario). 2. La descripción de la finca número 490 de La Roca del Vallés no coincide con la que resulta del Registro, al no haberse tenido en cuenta cierta segregación derivada del expediente de equid...

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