Real Decreto-Ley 8/1982, de 30 de abril, por el que se modifica parcialmente el Real decreto-ley 16/1977, de 25 de Febrero, por el que se regulan los aspectos penales, administrativos y Fiscales de los Juegos de suerte, envite o azar y apuestas.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 0110, 8 de Mayo de 1982I - Disposiciones Generales › Jefatura del estado

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Real Decreto-Ley 8/1982, de 30 de abril, por el que se modifica parcialmente el Real decreto-ley 16/1977, de 25 de Febrero, por el que se regulan los aspectos penales, administrativos y Fiscales de los Juegos de suerte, envite o azar y apuestas.

La experiencia recogida en la aplicación de la tasa fiscal que grava los juegos de suerte, envite o azar ha puesto de relieve muy importantes anomalías en la modalidad que recae sobre la explotación de máquinas o aparatos automáticos. Por una parte, ha puesto de manifiesto el beneficioso tratamiento fiscal que soportan, pues mientras la Generalidad de los juegos quedan gravados al tipo proporcional del veinte por ciento que se gira sobre una base imponible constituida por el importe total de las cantidades jugadas, en cambio las cuotas fijas que recaen sobre aquellas máquinas o...

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