Ley 1/1992, de 10 de febrero, de Arrendamientos Rústicos Históricos.
BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 36, 11 de Febrero de 1992 › I - Disposiciones Generales › Jefatura del estado
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Ley 1/1992, de 10 de febrero, de Arrendamientos Rústicos Históricos.
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑAA todos los que la presente vieren y entendieren,Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:EXPOSICIÓN DE MOTIVOSLa denominación de arrendamientos rústicos históricos se ha empleado, tradicionalmente, para designar aquellos arrendamientos anteriores al Código Civil y los que se concertaron con anterioridad a la publicación de la Ley de 15 de marzo de 1935, siempre que, tanto en uno como en otro caso, el actual arrendatario traiga causa del primitivo arrendatario.No obstante, teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 83/1...Ver el contenido completo de este documento
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