Aplicación provisional del Acuerdo de sede entre la Organización Mundial del Turismo y el Reino de España para la celebración de la 93ª reunión del Consejo Ejecutivo, hecho en Madrid el 4 de junio de 2012.

MarginalBOE-A-2012-8371
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion

ACUERDO ENTRE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL TURISMO Y EL REINO DE ESPAÑA

En relación con la celebración de la 93ª reunión del Consejo Ejecutivo en Madrid, España, del 11 al 13 de junio (en adelante, «la Reunión»), tras la invitación del Reino de España (en adelante, «España»), aceptada por el Consejo en su 92ª reunión [decisión 4(XCII)].

El presente acuerdo se basa en el artículo 32 de los Estatutos de la Organización Mundial del Turismo (en adelante, «la Organización»), en el que se establece que: «la Organización gozará en los territorios de sus Estados Miembros, de los privilegios e inmunidades requeridos para el ejercicio de sus funciones. Dichos privilegios e inmunidades podrán ser definidos por acuerdos concluidos por la Organización», así como en la resolución 136(V) de la quinta Asamblea General de la Organización.

España, por mediación de su Ministerio de Industria, Energía y Turismo y representado por su Ministro de Industria, Energía y Turismo, el Sr. José Manuel Soria López, y la Organización, representada por su Secretario General, el Sr. Taleb Rifai, han acordado lo siguiente:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 5

Prerrogativas, inmunidades y facilidades

ARTÍCULO 1

De conformidad con el Reglamento del Consejo Ejecutivo, el Secretario General de la Organización invita a los participantes a asistir a la Reunión. La Secretaría, a su debido tiempo, proporcionará a las autoridades designadas por el Gobierno para este fin, los nombres de aquellos que aceptan la invitación, para que su viaje y estancia en España se puedan organizar en las mejores condiciones posibles.

ARTÍCULO 2

España reconoce la personalidad internacional y la capacidad legal de la Organización y le garantiza la independencia y la libertad de acción acordes a su rango de organismo especializado de las Naciones Unidas y conforme a sus Estatutos. En relación con la Reunión, se aplicará la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de los Organismos Especializados de las Naciones Unidas (en adelante, «la Convención»).

ARTÍCULO 3

Todos los participantes y todas las personas que ejerzan funciones relacionadas con la Reunión tendrán derecho, de acuerdo con la legislación aplicable en la materia, a entrar y salir sin impedimentos de España, que tomará las medidas necesarias para facilitar la entrada, la estancia y la salida de su territorio a los participantes, independientemente de su nacionalidad. Se tramitarán los visados necesarios y, en su caso, se emitirán de forma gratuita de acuerdo con la legislación aplicable, agilizando en lo posible su tramitación.

ARTÍCULO 4

Los participantes gozarán de las prerrogativas e inmunidades conferidas a los delegados en las conferencias de organismos especializados de las Naciones Unidas, conforme a lo dispuesto en el artículo V de la Convención.

ARTÍCULO 5

Los funcionarios de la Organización disfrutarán también de las prerrogativas e inmunidades conferidas para las conferencias de organismos especializados de las Naciones Unidas, conforme a lo dispuesto en los artículos VI y VIII de la Convención.

CAPÍTULO II Artículos 6 a 12

Condiciones para organizar la Reunión

ARTÍCULO 6

La Reunión se celebrará en Madrid, España, del 11 al 13 de junio de 2012.

ARTÍCULO 7

España proporcionará a la Organización, con motivo de esta Reunión, el personal, los despachos, el equipo de interpretación, el mobiliario de oficina y el equipo de reproducción de documentos que sean necesarios durante la Reunión, según la enumeración que figura en el Anexo y sin perjuicio de que las Partes acuerden entre ellas la necesidad de que España proporcione otros medios.

ARTÍCULO 8

España no responsabilizará a la Organización de ninguna lesión o daño que pudieran sufrir las personas o instalaciones antes mencionadas, ni de las consecuencias de ninguna reclamación interpuesta por esos daños, salvo en el caso de negligencia grave.

ARTÍCULO 9

La sala de conferencias, los despachos y los demás recintos puestos a disposición por España constituirán la zona de conferencias y serán considerados como recintos de la Organización mientras dure la Reunión y en el transcurso de cualquier periodo adicional necesario para preparar y concluir la organización de la misma.

ARTÍCULO 10

Habida cuenta de las normas obligatorias en materia de seguridad que impone el Departamento de Seguridad de las Naciones Unidas (UNDSS por su sigla inglesa), España tomará las medidas necesarias para garantizar la seguridad de la Reunión, para lo cual aplicará, entre otros, los siguientes procedimientos:

• Examinar la ubicación del evento, el edificio y el perímetro, comprobar el material de seguridad y asegurarse de que se encuentra en buen estado, y verificar qué personal se necesita para preparar un plan de seguridad.

• Comprobar que se cumplen todas las medidas de seguridad válidas para incendios, que hay salidas de emergencia, etc. en el lugar donde se ubica el evento y en su perímetro.

• Designar a un responsable de seguridad para que el departamento de la OMT encargado de la seguridad pueda ponerse en contacto con él/ella en todo momento.

• Tomar todas las medidas necesarias para garantizar en todo momento la seguridad de los participantes, especialmente en el caso de personalidades (recogida, traslado e instalación).

• Poner en práctica un sistema correcto de acceso al lugar donde se ubica el evento.

• Distribuir información entre los participantes –durante su inscripción o en el acto de inauguración– sobre las normas de seguridad básica que deberían seguirse en caso de incendio, terremoto, explosión, etc., y el correspondiente plan de evacuación, incluyendo información sobre salidas de emergencia, ubicación de la enfermería, servicios sanitarios, ambulancias, etc.

ARTÍCULO 11

Todo uso del nombre o el emblema, la bandera o la abreviación del nombre de la OMT en relación con la Reunión requerirá una solicitud...

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