Orden de 29 de octubre de 1992 por la que se establecen las normas para la revisión de las condiciones económicas aplicables a la prestación de asistencia sanitaria concertada con Entidades públicas y privadas.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 269, 9 de Noviembre de 1992I - Disposiciones Generales › Ministerio de Sanidad y Consumo

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Orden de 29 de octubre de 1992 por la que se establecen las normas para la revisión de las condiciones económicas aplicables a la prestación de asistencia sanitaria concertada con Entidades públicas y privadas.

La Orden de 9 de noviembre de 1991 publicada en el número 280, de 22 de noviembre, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, establecía las normas para la revisión de las condiciones económicas aplicables a la asistencia sanitaria prestada con medios ajenos al Instituto Nacional de la Salud, con efectos de 1 de enero de 1991.

Teniendo en cuenta la evolución de índices de precios en 1991 y las previsiones para 1992, resulta necesaria la actualización para el presente ejercicio de las tarifas máximas y condiciones económicas del régimen de asistencia sanitaria concertada por el citado Instituto.

Por otra parte, la evolución de la asistencia sanitaria obliga a introducir nuevas tarifas para las nuevas prestaciones de oxígeno líquido y presión positiva continua en la vía aérea (CPAP).

Asimismo, con la finalidad de fomentar la hemodiálisis domiciliaria, el Insalud participa en los gastos de la instalación de los aparatos en el domicilio de los pacientes nefrópatas mediante el pago de una cuantía fija y única a abonar a las firmas comerciales concertadas y exclusivamente para aquellos paciente...

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