Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de Diciembre, de Ordenacion de las Telecomunicaciones, en relacion con los Equipos, aparatos, dispositivos y Sistemas a que se refiere el articulo 29 de Dicho texto legal.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 0212, 5 de Septiembre de 1989I - Disposiciones Generales › Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones

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Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, de 18 de Diciembre, de Ordenacion de las Telecomunicaciones, en relacion con los Equipos, aparatos, dispositivos y Sistemas a que se refiere el articulo 29 de Dicho texto legal.

Las directivas de la Comunidad Economica Europea, respecto de la liberacion del mercado, de equipos y aparatos de telecomunicacion, asi como su libre conexion a las redes, suponen un cambio sustancial en el regimen sobre la utilizacion de los mismos, vigente hasta el ingreso de España en dicha Comunidad. La aprobacion de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenacion de las Telecomunicaciones, primera norma de rango legal dictada en nuestro pais con la pretension de abarcar los aspectos juridicos de la totalidad del sector de las telecomunicaciones, supone el establecimiento de un marco acorde con dichas directivas de la Comunidad Economica Europea.

El cambio que se produce, motivado por ambas circunstancias (directivas cee 83/189, 86/361 y 88/301 y Ley 31/1987), hace mas necesaria una normativa que regule determinados aspectos, hasta ahora insuficientemente desarrollados en nuestro ordenamiento.

Se hace necesario, pues, regular los aspectos relativos a los equipos, aparatos, dispositivos y sistemas a que hace referencia el articulo 29, punto 1. , de la Ley anteriormente citada, para disponer de instrumentos juridicos que garanticen que el proceso de utilizacion en regimen de libertad de comercio de los mismos, no perturben el normal funcionamiento de las redes de telecomunicacion, ni el uso racional del dominio publico radioelectrico.

Por ello, se establecen normas precisas, en concordancia con las directivas emanadas de la cee, respecto a la elaboracion de ...

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