RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2002, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del Convenio Colectivo de la empresa 'Alianzas y Subcontratas, Sociedad Anónima'.

BOE. Boletín Oficial del Estado núm. 51, 28 de Febrero de 2002III - Otras Disposiciones › Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Enlazado como:

Extracto


RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2002, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del Convenio Colectivo de la empresa 'Alianzas y Subcontratas, Sociedad Anónima'.

Visto el texto del Convenio Colectivo de la empresa 'Alianzas y Subcontratas, Sociedad Anónima' (código Convenio número 9. 013. 912) , que fue suscrito con fecha 18 de enero de 2002, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y, de otra, por el Delegado de personal, en representación de los trabajadores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Madrid, 7 de febrero de 2002.

La Directora general,

Soledad Córdova Garrido.

CONVENIO COLECTIVO NACIONAL PARA LA EMPRESA DE SERVI CIOS', ALIANZAS Y SUBCONTRATAS, SOCIEDAD ANÓNIMA', Y SUS TRABAJADORES

Artículo 1. Ámbito de aplicación, .

El presente Convenio Colectivo establece las bases para las relaciones entre la empresa 'Alianzas y Subcontratas, Sociedad Anónima' y sus trabajadores.

Artículo 2. Ámbito territorial.

El presente Convenio Colectivo será de ámbito estatal, quedando incluidos en el mismo todos los centros y/o puestos de trabajo a que se refiere su ámbito funcional que se hallen emplazados en territorio español.

Artículo 3. Ámbito funcional y personal.

El presente Convenio será de aplicación a la empresa 'Alianzas y Subcontratas, Sociedad Anónima' y sus trabajadores, dedicados conjuntamente a prestar servicios auxiliares externos, especialmente de celadores, portería-conserjería, servicio de información (atención telefónica, recepción) , mantenimiento, control y verificación de instalaciones, logística, almacenaje y distribución de materiales, y de todas aquellas actividades que directa o indirectamente se relacionen con dichas funciones, así como los servicios propios estructurales.

Se excluyen expresamente las actividades reguladas en el Real Decreto 2364/1994 y Ley 23/1992, salvo las establecidas en su disposición primera.

Artículo 4. Ámbito temporal.

E1 presente Convenio entrará en vigor el día 1 de enero de 2002, sea cual fuese la fecha de publicación en el 'Boletín Oficial del Estado', y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2004, quedando prorrogado íntegramente de año en año, hasta su sustitución por otro del mismo ámbito y eficacia, salvo que fuera denunciado en los términos que se establecen e...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía