Acuerdo de 2 de julio de 2014, de la Dirección General de Cultura, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por el que se incoa expediente para la declaración de la Batalla de Flores de Laredo como bien de interés local etnográfico inmaterial.

MarginalBOE-A-2014-8042
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autónoma de Cantabria
Rango de LeyAcuerdo

El Estatuto de Autonomía de Cantabria establece, en su artículo 30, que corresponde a la Comunidad de Cantabria la defensa y protección de los valores culturales del pueblo cántabro.

La Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria tiene, entre sus objetivos fundamentales, defender, proteger y conservar dicho patrimonio para que las actuales y futuras generaciones de ciudadanos disfruten, ahora y en el futuro, de una herencia ancestral que ha dado forma, a través de las diversas etapas de la historia, a la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Forman parte del Patrimonio Etnográfico de Cantabria aquellos conocimientos, prácticas y saberes, transmitidos consuetudinariamente, que conforman el acervo cultural de la Comunidad Autónoma.

De entre la herencia inmaterial de Cantabria resalta, como manifestación destacada de la identidad cultural de la localidad de Laredo, la Batalla de Flores.

Vistos el acuerdo adoptado por la Comisión Técnica de Etnográfico y Paisaje, que propone, por mayoría, la incoación de expediente para la declaración de la Batalla de Flores de Laredo como Bien de Interés Local Etnográfico Inmaterial de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria y la propuesta del Servicio de Patrimonio Cultural en el mismo sentido.

Considerando lo establecido en la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, el Sr. Director General de Cultura,

ACUERDA

Primero.

Incoar expediente de declaración de la Batalla de Flores de Laredo, como Bien de Interés Local Etnográfico Inmaterial.

Segundo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, describir el bien conforme figura en el anexo que se adjunta al presente acuerdo.

Tercero.

Seguir con la tramitación del expediente, según las disposiciones vigentes.

Cuarto.

Dar traslado de este Acuerdo, conforme al artículo 28.2 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, al Ayuntamiento de Laredo.

Quinto.

Que, de acuerdo con lo que disponen los artículos 28.2 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, se notifique este acuerdo a los interesados, a los efectos oportunos.

Sexto.

Que el presente Acuerdo, con su anexo, se publique en el «Boletín Oficial de Cantabria» y el «Boletín Oficial del Estado».

Cúmplase el presente acuerdo y notifíquese a los interesados y al Ayuntamiento afectado.

Santander, 2 de julio de 2014.–El Director General de Cultura, Joaquín Solanas García.

ANEXO...

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