Resolución de 23 de septiembre de 2009, de la Universidad Autónoma de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

MarginalBOE-A-2009-16175
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorUniversidades
Rango de LeyResolución

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades modificada por Ley 4/2007 de 12 de abril (en lo sucesivo LOU), y el Real Decreto 1313/2007 de 5 de octubre por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, y el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docente universitarios, y la ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, parcialmente modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (en lo sucesivo LRJAP-PAC) y a tenor de lo establecido en la Resolución de 23 de marzo de 2009 (BOCM de 27 de marzo de 2009) del Rector de la Universidad autónoma de Madrid, dictando normas para la regulación de los concursos de acceso a plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera. Requisitos de los candidatos.

  1. Para ser admitido a estas pruebas selectivas deberán reunirse los siguientes requisitos:

1.1. Requisitos generales:

  1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Igualmente podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no comunitaria cuando, en el Estado de su nacionalidad, a los españoles se les reconozca aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios españoles, a cuyo efecto el Consejo de Universidades recabará informe de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas.

    En el momento de presentación de la solicitud de participación deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.

    La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades

    competentes de su país de origen y traducidos al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo del concurso y cuyo conocimiento será exigible a todos los participantes. A tal fin se celebrará una prueba de conocimiento de la que estarán exentos los candidatos de nacionalidad española y los que acrediten estar en posesión del nivel intermedio o superior del diploma de español como lengua extranjera. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Tener cumplidos dieciséis años y no haber superado la edad de jubilación forzosa. d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de universidad. e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de Funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

    1.2. Requisitos específicos:

  2. Hallarse Acreditado para el Cuerpo Docente Universitario de que se trate, conforme a los supuestos previstos en los artículos 12 y 13 y disposiciones adicionales primera, segunda, tercera y cuarta del Real Decreto 1312/2007. Asimismo, podrán concursar quienes estén habilitados conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios. b) No podrán participar en este concurso de acceso a las plazas de Cuerpos Docentes Universitarios quienes, habiendo obtenido una plaza con anterioridad, no cumplan lo estipulado en el artículo 9.4 del Real Decreto 1313/2007.

    1.3. Los requisitos establecidos deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

    Segunda. Solicitudes.

    2.1. Quienes deseen tomar parte en el concurso de acceso presentarán la correspondiente solicitud al Rector de la Universidad Autónoma de Madrid, según el modelo que acompaña a la presente Resolución en el Anexo II, dirigiéndola al Registro General de la Universidad Autónoma de Madrid, situado en el Edificio del Rectorado, Ctra. Colmenar Viejo Km. 15.500, 28049, Madrid, o utilizando cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la LRJAP-PAC, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», junto con los siguientes documentos:

  3. Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad vigentes. b) Fotocopia compulsada del documento que acredite el cumplimiento de los requisitos específicos establecidos en la base primera, punto 1.2, de la presente resolución. c) Fotocopia compulsada del título de Doctor. d) Cuando se trate de una plaza asistencial de instituciones sanitarias vinculadas, fotocopia compulsada del título de Especialista.

    2.2 Derechos de examen. Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Autónoma de Madrid, en concepto de derechos de examen, la cantidad de 35.56 Euros, el pago se

    realizara mediante ingreso en la cuenta bancaria de Caja Madrid 2038-2831-69-6000118841 indicando «UAM OPOSICIONES», el código de referencia de la plaza a la que se concursa, nombre y apellidos y DNI (o pasaporte o tarjeta de identidad) del concursante. A la solicitud deberá adjuntarse el justificante original acreditativo del ingreso por el citado concepto. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

    Tercera. Admisión de aspirantes.

    3.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará, en el plazo máximo de quince días naturales, una Resolución declarando aprobada la lista provisional de candidatos admitidos y excluidos que se publicará en el tablón de anuncios del Rectorado y en la siguiente dirección del portal web de la Universidad Autónoma de Madrid. (http:// www.uam.es). Contra dicha Resolución, los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación o bien subsanar en dicho plazo el motivo de la exclusión. 3.2 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará una Resolución aprobando la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, que se publicará en la forma anteriormente establecida. Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el tribunal o Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid competente, o potestativamente recurso de reposición ante el Rector de la Universidad, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación, en cuyo caso no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición.

    Cuarta. Computo de plazos.

    El cómputo de los plazos establecidos en las bases de la presente convocatoria se realizará excluyendo a todos los efectos el mes de agosto, durante el cual no tendrán lugar las actuaciones relativas a la misma.

    Quinta. Comisiones del Acceso.

    La composición de las comisiones es la que figura en el anexo I de esta convocatoria. Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 del Real Decreto 1313/2007, los currículos de los miembros de las Comisiones de Acceso se publicarán en el portal web de la Universidad (http://www.uam.es).

    Sexta. Desarrollo de las Pruebas.

    6.1 Constitución de la Comisión.-La Comisión de Acceso deberá constituirse en la Universidad Autónoma de Madrid y en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de las listas definitivas de candidatos admitidos y excluidos. Para ello, el Presidente de la Comisión de Acceso, una vez realizadas las consultas pertinentes con los restantes miembros, remitirá con una antelación mínima de diez días naturales a los titulares y, en su caso, a los suplentes la convocatoria para proceder al acto de constitución de la misma fijando...

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