Resolución de 11 de julio de 2013, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador de la propiedad de Tomelloso, por la que se suspende la inscripción de una escritura de protocolización de partición hereditaria practicada por contador partidor.

MarginalBOE-A-2013-9909
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

En el recurso interpuesto por doña M.P.M.M., abogada, en nombre y representación de doña L.C.Q., contra la nota de calificación extendida por el registrador de la Propiedad de Tomelloso, don Eduardo José Martínez García, por la que se suspende la inscripción de una escritura de protocolización de partición hereditaria practicada por contador partidor.

Hechos

I

En Tomelloso, el día 7 de febrero de 2013, ante el notario don Lino Esteban Sánchez-Cabezudo Díaz-Guerra, número 310 de protocolo, se otorgó escritura de protocolización de operaciones particionales practicadas al fallecimiento de don J.M.S.R. En dicha escritura comparecen doña L.C.Q., viuda del causante, y don J.M.G.R., en calidad de contador-partidor-albacea a los efectos de aprobar el cuaderno particional, previa liquidación de gananciales de la herencia citada. Se insertan el testamento otorgado por el causante y los certificados de defunción y últimas voluntades. Mediante escritura otorgada en Tomelloso, el día 20 de febrero de 2013, ante el mismo notario, número 416 de protocolo, doña Inés, don Antonio Jesús y doña Lidia S. C., tres de los cuatro hijos del causante, ratifican íntegramente el contenido de la escritura antes citada.

II

Presentada la citada documentación en el Registro de la Propiedad de Tomelloso el día 8 de mayo de 2013, causando el asiento de presentación 857 del Diario 67, recayó la siguiente calificación: «Visto por don Eduardo José Martínez García, Registrador de la Propiedad de Tomelloso, Provincial de Ciudad Real, el procedimiento registral identificado con el número de entrada 366, iniciado como consecuencia de la presentación en el mismo Registro del documento que se dirá en virtud de solicitud de inscripción. En el ejercicio de calificación registral sobre la legalidad del documento presentado resultan los siguientes: Hechos: I.–El documento objeto de calificación, otorgado el 07/02/2013, por el Notario de Tomelloso, Lino Esteban Sánchez-Cabezudo Díaz-Guerr, número de protocolo 310/2013 –en unión de escritura de ratificación otorgada el día 20 de febrero de 2013, ante el mismo Notario Sr. Sánchez-Cabezudo, número 416 de su protocolo–, fue presentado el día 8/05/2013 generando el asiento 857 del Diario 67.–II.–En dicho documento se han observado las siguientes circunstancias que han sido objeto de calificación desfavorable: Escritura de protocolización de partición por fallecimiento de Don J.M.S.R., que acompañada de la escritura de ratificación antes indicada, falta la ratificación del heredero don José María S.C. Defecto subsanable; no se ha solicitado anotación preventiva de suspensión. A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes: Fundamentos de Derecho: I.–Los documentos de todas clases, susceptibles de inscripción, se hallan sujetos a la calificación por el Registrador, quien, bajo su responsabilidad, ha de resolver acerca de la legalidad de sus formas extrínsecas, la capacidad de los otorgantes y la validez de los actos contenidos en las mismas, de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley Hipotecaria y 98 a 100 del Reglamento para su ejecución. II.–En relación a las circunstancias reseñadas en el Hecho II anterior...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR