ORDEN de 30 de noviembre de 1999 por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Técnico de Instituciones Penitenciarias, especialidades de Juristas y Psicólogos.

MarginalBOE-A-1999-23677
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 521/1999,

de 26 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 27), por el que

se aprueba la oferta de empleo público para 1999 y con el fin

de atender a las necesidades de personal de la Administración

pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias atribuidas en el

artículo 1 a), del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto

("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre), de redistribución

de competencias en materia de personal, y en la Orden de 30

de noviembre de 1998, previo informe favorable de la Dirección

General de la Función Pública, acuerda convocar pruebas

selectivas para ingreso en el Cuerpo Técnico de Instituciones

Penitenciarias, especialidades de Juristas y Psicólogos (código 0902),

con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

  1. Normas generales

    1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir quince plazas

    por el sistema general de acceso libre.

    1.1.1 El total de plazas convocadas se distribuirá de acuerdo

    con las especialidades que se relacionan:

    Juristas: Siete plazas

    Psicólogos: Ocho plazas.

    Del total de plazas convocadas, se reservará una plaza en la

    especialidad de juristas y una plaza en la especialidad de

    psicólogos para ser cubiertas por personas con minusvalías, con

    grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, de acuerdo

    con la disposición adicional decimonovena de la Ley 23/1988,

    de 28 de julio.

    1.1.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a

    un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

    1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

    la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio;

    la Ley 17/1993, de 23 de diciembre; el Real Decreto 364/1995,

    de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 10 de abril), y

    lo dispuesto en la presente convocatoria.

    1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición

    y un curso selectivo, con las pruebas, puntuaciones y materias

    que se especifican en el anexo I.

    1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

    el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

    1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

    el proceso selectivo se efectuará por especialidades, de acuerdo

    con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de todo

    el proceso.

    1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a

    partir del día 15 de febrero del año 2000, siendo la duración

    máxima de la fase de oposición hasta el 30 de julio del mismo

    año. El curso selectivo, correspondiente a la segunda fase del

    proceso selectivo se iniciará inmediatamente después de la

    conclusión de la primera fase.

    1.7 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios

    obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios

    en prácticas por la autoridad convocante.

    Estos funcionarios en prácticas deberán superar el curso

    selectivo que se determina en el anexo I, para poder ser nombrados

    funcionarios de carrera.

    Quienes no superen el curso selectivo de acuerdo con el

    procedimiento de calificación previsto en la convocatoria, perderán

    el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,

    mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a

    propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

    Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por

    cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por

    causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por

    la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad,

    intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

  2. Requisitos de los candidatos

    2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas

    los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

    2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la

    Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud

    de tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea

    y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación

    de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en

    el tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

    También podrán participar el cónyuge, descendientes y

    descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de

    otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no

    estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores

    de dicha edad que vivan a sus expensas.

    Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares

    de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los tratados

    internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados

    por España.

    2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder la

    edad establecida para la jubilación.

    2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener los títulos

    siguientes:

    Juristas: Licenciado en Derecho.

    Psicólogos: Licenciado en Psicología.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá

    estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

    Igualmente, si la titulación exigida se corresponde con una

    profesión considerada regulada deberá añadirse que la homologación

    puede ser suplida por una credencial de reconocimiento para el

    ejercicio de esa profesión regulada en aplicación de las directivas

    de reconocimiento para el ejercicio de esa profesión regulada en

    aplicación de las directivas de reconocimiento mutuo de

    titulaciones (Directiva 89/48/CEE, Directiva 92/51/CEE). En este caso

    2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

    física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

    funciones propias del Cuerpo Técnico de Instituciones

    Penitenciarias.

    2.1.5 No haber sido separado mediante expediente

    disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Ppúblicas,

    ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

    públicas.

    2.1.6 Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española

    deberán además de cumplir los requisitos anteriores:

    Acreditar su nacionalidad.

    Acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena

    penal que impidan en su estado, acceder a la función pública.

    2.1.7 También podrán participar los aspirantes que tengan

    la condición de funcionarios de organismos internacionales, que

    posean nacionalidad española y la titulación exigida en la

    convocatoria, en los términos establecidos en el Real Decreto

    182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 23).

    2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

    poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

    solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

    como funcionario de carrera.

  3. Solicitudes

    3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

    presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo

    superior derecho figura "Modelo 750"), que será facilitado

    gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades

    Autónomas, en las Subdelegaciones de Gobierno, así como en

    el Centro de Información Administrativa del Ministerio de

    Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función

    Pública, en el Instituto Nacional de Administración Pública y en la

    Dirección General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio

    del Interior, así como en las representaciones diplomáticas o

    consulares de España en el Extranjero.

    A la solicitud "Ejemplar para la Administración", se

    acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad.

    Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán

    presentar dos fotocopias del documento que acredite su

    nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo

    de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del

    nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo.

    Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste

    de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso,

    del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su

    cargo.

    En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

    correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Interior". En

    el recuadro relativo a centro gestor se hará constar "Dirección

    General de Instituciones Penitenciarias". En el espacio destinado

    a código que figura debajo, se cumplimentará el 16005. En el

    recuadro relativo a la tasa de derechos de examen, en el espacio

    destinado a código se hará constar 18020, rellenándose sólo los

    dos primeros dígitos.

    En el recuadro número 15 se señalará "Técnico de Instituciones

    Penitenciarias", consignándose el código número 0902 en el

    espacio reservado para el mismo que figura a su lado.

    En el recuadro número 16 se hará constar la especialidad por

    la que se opta, bien sea la de Juristas o la de Psicólogos.

    En el recuadro número 17 relativo a la forma de acceso se

    consignará la letra L: Acceso por el sistema general de acceso

    libre.

    En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín

    Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente

    convocatoria.

    Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en Madrid

    capital. Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el

    recuadro número 20.

    En el recuadro número 24 se hará constar la titulación que

    se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado

    por la base 2.1.3 de esta convocatoria.

    Para cumplimentar el impreso, escriba solamente a máquina

    o con bolígrafo, utilizando mayúsculas de tipo de imprenta;

    asegúrese de que los datos resultan claramente legibles en todos

    los ejemplares, evite doblar el papel y realizar correcciones,

    enmiendas o tachaduras; no escriba en los espacios sombreados

    o reservados y no olvide firmar el impreso.

    3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1,

    "Ejemplar para la Administración" del modelo de solicitud) se hará en

    la oficina de registro de la Dirección General de Instituciones

    Penitenciarias, calle de Alcalá, 38-40, 28014 Madrid, o en la forma

    ...

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